Clases presenciales: Carrió avaló la resolución de la Justicia porteña
La dirigente macrista resaltó que el fallo «tiene plena validez constitucional» en función de «lo dispuesto por el artículo 43 que establece la acción de amparo».
La ex diputada nacional y líder de la Coalición Cívica, Elisa Carrió, avaló hoy la resolución de la Cámara de lo Contencioso Administrativo porteña que habilitó la presencialidad en las escuelas, en rechazo al del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que dispuso suspender por 15 días el dictado de clases en los establecimientos educativos.
«El fallo en la Cámara de lo Contencioso Administrativo de la Ciudad tiene plena validez constitucional en función de lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Nacional que establece la acción de amparo», aseguró Carrió desde su cuenta oficial de la red social Twitter.
El fallo en la Cámara de lo Contencioso Administrativo de la Ciudad tiene plena validez constitucional en función de lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Nacional que establece la acción de amparo. (sigue)
— Elisa Lilita Carrió (@elisacarrio) April 19, 2021
La ex legisladora recordó que cuando participó de la reforma de la Constitucional fue la autora del recurso que ahora le permitió al Jefe de Gobierno porteño Horacio Rodríguez Larreta hacer el reclamo ante la Justicia.
En ese sentido, Carrió dijo: «Allí de mí propia redacción se escribió: ´El juez podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se funde el acto u omisión lesiva´. Agregado hecho en la comisión redactora de la Convención Constituyente».
Además, sostuvo que ese «agregado se puso para que quede invalidado definitivamente el artículo 2° inciso d) de la ley 16.986 (Amparo) que decía que: La determinación de la eventual invalidez del acto requiriese una mayor amplitud de debate o de prueba o la declaración de inconstitucionalidad de leyes, decretos u ordenanzas».
Con esta aclaración Carrió se pronunció contra las críticas que surgieron desde el Gobierno nacional a la decisión de Rodríguez Larreta de defender las clases presenciales, como así también los cuestionamientos al fallo de la Justicia porteña que le permitió a la administración porteña desestimar la aplicación del DNU a través del cual el presidente Aborto Fernández dispuso la suspensión del dictado de clases en las escuelas.
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