Se pusieron en marcha los retiros voluntarios para empleados del Estado
A través de un decreto, el Ejecutivo oficializó la medida y detalló caso por caso
El Gobierno oficializó este martes el régimen de retiros voluntarios para empleados de la Administración Pública Nacional con el fin de reducir el personal del Estado. El decreto 263/2018 fue publicado en el Boletín Oficial con la firma del presidente Mauricio Macri, el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, y el ministro de Modernización, Andrés Ibarra.
En uno de los considerandos de la norma, el Ejecutivo explico que entre los objetivos se destaca el de “lograr la utilización de los recursos con miras a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados, conforme surge del Plan de Modernización del Estado”.
En tanto, el plan distingue al personal según su edad, antigüedad y años de servicio para así deducir los beneficios que le corresponden y los divide en tres grupos. En el caso de las personas de 65 años o más con los años de servicio para jubilarse, estos tendrán el derecho a la percepción de 24 cuotas no remunerativas mensuales, iguales y consecutivas. Cada cuota será equivalente al monto de la remuneración neta mensual que cobraba el empleado al momento de acogerse al retiro.
Las personas que decidan retirarse voluntariamente y tengan entre 60 y 65 años recibirán una suma no remunerativa de hasta 36 cuotas mensuales, iguales, y consecutivas. Cada cuota será equivalente al monto de la remuneración neta mensual que cobraba el empleado al momento de acogerse al retiro.
Por su parte, quienes tengan menos de 60 años con dos o más años de antigüedad, podrán percibir una suma no remunerativa al finalizar su relación de empleo conforme la antigüedad que registre, más cierta cantidad de cuotas conforme a dicha antigüedad, las que se abonarán de manera mensual y consecutiva.
Las cuotas que correspondan a un solo pago serán equivalentes al total de la remuneración que percibía el empleado y las cuotas a abonar de manera mensual, igual y consecutiva serán del 70 por ciento. Quienes opten por este beneficio no podrán ser reincorporados a las entidades previstas por un período de 5 años. Tampoco podrán ser reemplazados.
Quedarán exentos de este régimen quienes pertenezcan a las Fuerzas Armadas en actividad o retirado;a las Fuerzas de Seguridad y Policiales en actividad o retirado; a la Agencia Federal de Inteligencia. También docentes, profesionales de la salud, del servicio exterior o científico técnico.
Además, el personal que tome la decisión de acceder a este plan continuará gozando de la cobertura médica asistencial de obra social durante el plazo de percepción de las cuotas o hasta la obtención del beneficio previsional, lo que ocurra primero (se brindará a través de la Obra Social Unión Personal (UP).
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