contador de visitas El Gobierno decretó la reestructuración de deuda con bonistas privados por u$s68.842 millones
viernes,19 de abril de 2024
martes, 10 de  marzo de 2020

El Gobierno decretó la reestructuración de deuda con bonistas privados por u$s68.842 millones

El Gobierno decretó la reestructuración de deuda con bonistas privados por u$s68.842 millones

De este modo, Alberto Fernández autorizó a Martín Guzmán a efectuar la renegociación con los acreedores.

El presidente Alberto Fernández firmó este lunes el decreto por el cual se autoriza a reestructurar parte de la deuda pública por u$s 68.842 millones de dólares.

Esta medida autoriza al ministro de Economía, Martín Guzmán a efectuar la renegociación con los acreedores.

Según el decreto firmado por el jefe del Ejecutivo se establece un valor nominal de u$s 68.842.528.826 “o su equivalente en otras monedas el monto nominal máximo de las operaciones de administración de pasivos y/o canjes y/o reestructuraciones de los Títulos Públicos de la República Argentina emitidos bajo ley extranjera existentes al 12 de febrero de 2020”.

Nos han dejado una deuda que nos condiciona mucho“, dijo el Presidente en diálogo con Canal 9. Y agregó: “Debemos ver las limitaciones que tenemos. Cuando se produce una crisis como esta, el comercio mundial se cae y debemos ser muy cuidadosos“.

El decreto no incluye los tramos de deuda contraídos con el Fondo Monetario Internacional por unos u$s 44.000 millones.

En el artículo dos se autoriza al Ministerio de Economía, “por hasta un monto que no supere el establecido en el artículo anterior, establécese que las prórrogas de jurisdicción sean en favor de los tribunales estaduales y federales ubicados en las ciudades de Nueva York, Londres y de los tribunales ubicados en la ciudad de Tokio”.

Por otra parte, “destaca que se renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana será exclusivamente respecto de reclamos que se pudieran producir en las jurisdicciones que se prorroguen, con relación a los contratos que se suscriban y a las operaciones de crédito público que se realicen con cargo al presente decreto”.

Por último, se indica que se debe dar cuenta a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso.



Publicaciones relacionadas

No hay comentarios

Escriba un comentario…
No hay comentarios aún Sea el primero en comentar este post

Comentar…

<