La Ciudad prohibirá el juego online a quienes adeuden la cuota alimentaria
La nueva normativa establece restricciones sobre las cuentas existentes y suma exigencias para las empresas que operan servicios de juego por internet en la Ciudad.
La Legislatura porteña aprobó una nueva restricción para quienes figuran en el registro de personas que incumplen con sus obligaciones alimentarias. La medida alcanza a las plataformas de juego online habilitadas en la Ciudad de Buenos Aires y también establece nuevas exigencias para las empresas del sector.
La norma fue aprobada con 43 votos a favor y 14 en contra y dispone que las personas inscriptas en el Registro Público de Alimentantes Morosos no podrán abrir ni conservar cuentas activas en las plataformas autorizadas por Lotería de la Ciudad (LOTBA S.E.).
Además, quienes estén incluidos en ese listado tendrán bloqueadas las principales operaciones vinculadas al juego online. No podrán realizar depósitos, apuestas ni retiros de dinero a través de esas cuentas.
La prohibición comprende distintas modalidades disponibles por internet, tanto juegos de azar como juegos de destreza, y alcanza a las plataformas habilitadas dentro del ámbito de la Ciudad.
Cómo funcionará el control
Uno de los puntos centrales de la normativa está relacionado con los controles que deberán implementar las empresas operadoras. Las plataformas tendrán que consultar de manera automatizada y en tiempo real el Registro Público de Alimentantes Morosos antes de habilitar una nueva cuenta.
Así, al momento de registrarse, cada usuario deberá ser verificado para determinar si se encuentra alcanzado por la restricción. El mecanismo también contempla a quienes ya tengan una cuenta activa.
En caso de que una persona con una cuenta operativa sea incorporada al registro, la empresa deberá suspender la cuenta de forma inmediata y comunicar la situación tanto al Registro como a la Justicia.
Las compañías que no cumplan con las obligaciones de control quedarán expuestas a sanciones previstas por la regulación del sector, además de las contempladas en los pliegos de concesión y el Régimen de Faltas.
La aplicación de la medida todavía depende de su reglamentación. El Poder Ejecutivo porteño tendrá 30 días desde la publicación de la ley en el Boletín Oficial para establecer las disposiciones necesarias para ponerla en funcionamiento.
La iniciativa apunta a incorporar una nueva herramienta para promover el cumplimiento de las obligaciones alimentarias y resguardar los derechos e intereses de niños, niñas y adolescentes.
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