La Corte declaró inconstitucional el régimen de actualización de jubilados
Por 4 votos contra 1 ratificó el índice “ISBIC” para la actualización de las jubilaciones. La decisión se aplicará a las causas judiciales pendientes.
En un fallo adverso para el Gobierno y clave para los jubilados y pensionados, la Corte Suprema de Justicia ratificó que las remuneraciones consideradas para el cálculo de las jubilaciones deben actualizarse por el ISBIC (Indice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción).
De esta forma el máximo tribunal, declarará inconstitucional la aplicación del índice RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), que es utilizado por la Anses desde 2016 y que había sido establecido por varias resoluciones del Gobierno.
El fallo a favor de Luis Blanco contó con los votos de Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti. Elena Highton sumó un voto concurrente, mientras que el presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, apoyó la posición del Gobierno, por lo que la sentencia fue favorable al jubilado por 4 a 1.
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